viernes, 1 de febrero de 2008

LA SENTENCIA Y ALGO DE EXPLICACIÓN...

Aclaramos un poco el tema de la sentencia porque muchos piensan que pasó lo peor y no es tan así.La sentencia fue:- Para Rodrigo cuatro años y medio de prisión por un delito de atentado, falta de lesiones dolosas y un delito de lesiones imprudentes, además de una indemnización millonaria, etcétera. Todo esto se va a recurrir en el Tribunal Supremo, mientras tanto la sentencia no es firme.- A Alex y Juan los condenaron a tres años y tres meses por un delito de atentado y una falta de lesiones dolosas. Ellos no tienen que pagarle indemnización a la familia del guardia urbano herido y tienen una multa diaria de 6 euros durante 40 días. Todo esto se va a recurrir en el Tribunal Supremo, mientras tanto la sentencia no es firme.Esto puede sonar mal pero la explicación (explicada con términos coloquiales) podría ser la siguiente:- En el caso de Rodrigo hoy mismo su abogado presentó un escrito que el tribunal tiene que deliberar en estos próximos días donde pide la inmediata libertad ya que lleva cumplidos dos años de los cuatro y medio que le piden. Si ellos dicen que Rodrigo no sale ahora, saldrá el 4 de mayo (cuando se cumple la mitad de la sentencia) porque no pueden retenerlo más tiempo en provisional (como la sentencia no es firme sigue siendo prisión provisional).- En el caso de Alex y Juan no van a volver a prisión porque de los tres años y tres meses ya tienen más de la mitad cumplida. Es decir, por un lado los jueces han dejado a todos los acusados en libertad y no han hecho caso a la petición de las acusaciones de 11 años para cada uno de los tres. Y por otro lado la sentencia sigue repitiendo una y otra vez el mismo guión del principio además de decir que ellos le creen a los policías, que los chicos tenían la intención de atentar, etcétera.De todos modos, esto no deja de ser un pequeño triunfo de la verdad en el sentido que el gran delito de lesiones graves que tiene el guardia urbano ha quedado impune. Nadie está acusado directamente de ello, lo que quiere decir que no hay culpable material y que desde el principio el señalar a los chicos como los causantes de las severas lesiones a este señor no son ciertas. Lo han querido disfrazar un poco diciendo que Rodrigo sigue siendo el que tiró la piedra que le dio al policía, pero dejan entrever que aún así no es el gran culpable como señalaban todos desde el principio.Las acusaciones también van a recurrir porque está claro que para todos ellos (La fiscalía, el Ayuntamiento, la Guardia Urbana) es una gran y no esperada derrota. Hace dos años que condenaron a ellos tres sin buscar pruebas (más bien borrándolas) ni hacer una investigación seria y hoy han escuchado algo que por supuesto ni esperaban ni los conforma. El guardia urbano sigue y lamentablemente seguirá en estado vegetativo y ni la Guardia Urbana ni el Ayuntamiento han hecho lo que tenían que hacer para encontrar al verdadero culpable. Hoy se les ha terminado la seguridad y la claridad de los hechos, la fiscal tartamudeaba muy insegura y se desmoronaba tanto como el resto de las acusaciones.Esperamos tener entre hoy y el lunes la buena noticia de la libertad de Rodrigo y si no es así, sabemos que el 4 de mayo tendremos la gran fiesta de la libertad de los tres.Mientras tanto, en los próximos cinco días se notificará que las partes van a recurrir al Tribunal Supremo. Y aquí comienza otra historia donde vamos a luchar igual que hasta ahora pero con los chicos de nuestro lado (y no encerrados) y donde seguiremos hasta la absolución de los chicos y la nulidad de este proceso viciado desde el principio.Con el fin de esta etapa quiero agradecerles a todos los que estuvieron siempre acompañándonos tanto a los chicos como a todos los que lo sufrimos desde afuera. Cuando salga Rodrigo brindaremos todos por la libertad, la verdad y por todos ustedes que nos sostuvieron a todos nosotros.También le vamos a dedicar un brindis a todos aquellos socios del club "algo habrán hecho estos sudacas okupas" "por algo será, tan santitos no serán", porque el brindis de ellos que tenían tan preparado, con el cava/champagne listo, se les quedó atragantado y lo tendrán que dejar para mejor ocasión (que personalmente espero que nunca tengan ninguna).
Fuente:www.fotolog.com/presos_4f

lunes, 17 de diciembre de 2007

CARTA DE LA MADRE DE ALEX:DELIA

Mi nombre Delia Améstica, soy la madre de Alex Cisternas, uno de los detenidos torturados en Barcelona España, el 4 de Febrero 2006 tres jóvenes Rodrigo Lanza, Juan Pintos y mi hijo Alex ya han cumplido una pena de casi dos años: sin juicio ni pruebas en su contra.

Me gustaría empezar ésta carta con una frase que dijo mi Alex, en una carta enviada desde la prisión

“QUIEN ROBA LA LIBERTAD ROBA LA VIDA " dice estamos cansados de la especulación, del silencio mediático para ocultar la verdad, estamos hartos del trato humillante recibido, necesitamos explicaciones lógicas y convincentes del porqué seguimos encarcelados sin ninguna prueba que sostenga el proceso judicial

PUNTO UNO:
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POR UNA PARTE ESTA EL AYUNTAMIENTO QUE DEBE ASUMIR SU RESPONSABILIDAD, y no lo digo yo solamente ya lo han manifestado algunos diarios en Barcelona España
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1) Por qué su máxima autoridad el Alcalde de Barcelona Sr.Joan Clos, afirmó públicamente que una maceta lanzada desde el interior del Edificio de Propiedad del Ayuntamiento, hirió gravemente a un policía.

2) Si había un policía tan grave, hecho que lamento profundamente, ya que yo también soy madre, pero NO DEBEMOS OLVIDAR que éste hecho derivó en tragedia para ellos y para nosotros y por eso exigimos justicia


3) Si el Alcalde se dirigía a los medios con esa versión, a titulo de que me preguntó yo estaban torturando a los chicos, ellos no tenían orden de arresto, tampoco estaban acusados de nada, y además son jóvenes sin antecedentes penales, lo que indica que han caminado por el lado recto de la vida.

4) El Ayuntamiento, debe asumir su responsabilidad, porqué permitió el paso de los camiones de limpieza, que ante la presencia y pasividad de la policía presente borran todas las posibles pruebas existentes, limpiando el área.

5) Porque no acordonaron el lugar, si había un policía tan grave, el año pasado Mariana la madre de Rodrigo Lanza, hizo una petición al Ayuntamiento, para que se investigue, quien autorizo a los camiones a limpiar el lugar, por orden de quien.

6) hasta la fecha, no nos han respondido y nos seguimos enfrentando a un muro, que ha silenciado todo. Es posible que no hayan contestado, puesto que el actual Alcalde de Barcelona Sr. Jordi Hereu, era por entonces regidor de seguridad del Ayuntamiento y máximo responsable de la Guardia Urbana.

7) A pesar de que todo quedo bajo el control de la Guardia Urbana, esta permitió la limpieza del lugar, razón por la cual la policía científica, no pudo realizar la inspección, igual hicieron búsqueda de restos biológicos en algunos objetos encontrados aleatoriamente, y todos los resultados fueron negativos, ni restos de sangre, ni tejido, ni nada..

CONCLUSION DE ESTE PUNTO
Al trasladar el problema a la calle, DESPARECIO MAGICAMENTE EL EDIFICIO
MAGICAMENTE, la responsabilidad del Ayuntamiento, por ser los dueños del Teatro
No deben dar explicaciones del porque se usaba ese Edificio en Febrero 2006, si tenia una Orden Judicial de Desalojo en Enero-2006 ( por qué no se cumplió la orden del juez?)
Y por ultimo CASO CERRADO A TENIAN A TRES SUDACAS, que según ellos nadie reclamaría, (Un alcance la abogada de Juan Pintos, reclamo la libertad provisional diciendo que Juan era nacionalizado Español) pero la juez contesto que no a lugar pues el había ADMITIDO NACER EN ARGENTINA.) es delito?




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PUNTO DOS:
POR OTRA PARTE PEDIMOS QUE SE ASUMAN LAS RESPONSABILIDADES POR LAS TORTURAS FISICAS Y SICOLOGICAS SUFRIDAS POR LOS CHICOS:
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Ellos sufrieron una brutal golpiza, en la intersección de la calle Sant Pere mes Baix,dondè se realizaba una fiesta en la que participaban mas de 1000 personas, allí ya estaba la policía y ALLÌ TAMBIEN EL comienzo de nuestro drama no se les permitió salir del área, mi hijo recibió un golpe en su cadera, patadas etc., que no le permitieron salir de allí, Rodrigo sangraba producto de un lumazo que le rompió su cabeza, y Juan la fractura de su brazo, y su mano que quedo con secuelas a la fecha.

Amnistía Internacional, en su ultimo informe de Octubre 2007 en la Introducción dice"
La obligación Jurídica de España de prevenir la tortura y los malos tratos. y se refiere a las persistentes alegaciones sobre malos tratos a manos de agentes de la policía TIENEN SU ORIGEN EN LA PERSISTENTE INACCION DE LAS AUTORIDADES ESPAÑOLAS, A LA HORA DE CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES JURIDICAS INTERNACIONALES. QUE LES EXIGEN TOMAR UNA SERIE DE MEDIDAS PARA PREVENIR LOS MALOS TRATOS. NO LO HACEN

1) Falta de medidas preventivas (nadie se preocupo si tenían antecedentes, si eran legales, ilegales, con arraigo sin arraigo. NO IMPORTO ERAN SUDACAS

2) Amnistía en su informe dice" Que España es parte entre otros, en el Convenio Europeo para la Prevención de la tortura y de las penas o tratos inhumanos degradantes, lo que SUPONE VISITAS PERIODICAS, A CUALQUIER LUGAR DONDE HAYA PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD.RATIFICADO EN ABRIL 2006

Sorprendentemente en Junio 2006 a solo dos meses de esta ratificación, los tres chicos y Mariana la madre de Rodrigo se encontraban en huelga de hambre como una medida desesperada para dar a conocer el caso y lograr que nos ayudasen.
Bien mi hijo Alex NO TUVO NI SIQUIERA LA POSIBILIDAD DE QUE EN SU HUELGA DE HAMBRE, FUERA VISITADO POR DOS SACERDOTES, A QUIENES LE NEGARON LA ENTRADA, y a mi hijo le hicieron hacer la vida normal carcelaria, a pesar de estar en huelga de hambre, subía y bajaba tres pisos, y descansaba en el suelo, estuvo en esa situación mas de una semana, y cuando no pudo mas por sus vómitos y calambres los mismos presos le subían y bajaban en andas. ¿DONDE QUEDO LA RATIFICACION DE ABRIL 2006 CONTRA LA TORTURA?

Amnistía dice que en el articulo 7 y 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, QUE
OBLI GAN A LAS AUTORIDADES ESPAÑOLAS A GARANTIZAR QUE NINGUNA PERSONA SEA SOMETIDA A TORTURA U OTROS MALOS TRATOS.

“Y POR SOBRE TODO QUE DEBEN GARANTIZAR, QUE SE REALIZA CON PRONTITUD UNA INVESTIGACION

De nuevo, como decimos los chilenos EXIJO UNA EXPLICACION? ¿De que prontitud se habla? Si estando mi esposo y yo en Barcelona en Febrero del 2006, los chicos desde la cárcel, presentaron una querella por torturas, valientemente ya que se exponían a las represalias,

PUES PASO MAS DE UN AÑO, QUE ESE EXPEDIENTE FUE MUY BIEN " guardado" por decir una palabra correcta.
A pesar de que las querellas presentadas por nuestros hijos, y los cargos que les formularon en su contra por lesiones del policía, se hicieron en el mismo juzgado de instrucción y bajo el control de la misma Juez, En Junio 2006 la Juez cerró la instrucción,
Sin considerar ninguna prueba que exculpaba a los chicos, desecho testigos, fotos notariales que acreditaban que en el lugar no había piedras, informes de prestigiosos catedráticos que dicen que el golpe que tiene el policía es incompatible con una piedra.
Y no consideró que los médicos que ATENDIERON AL POLICIA, dijeron que cuando consultaron para dar los primeros auxilios al herido, NADIE SABIA QUE LO HABÌA GOLPEADO.

SIN EMBARGO EN LA QUERELLA DE NUESTROS HIJOS NO SE CITO A NADIE DE DECLARAR., es más en Junio 2007 Representantes de la Unidad de Asuntos Internos de los Mossos d^¨Esquadra (cuerpo policial que al igual que los Guardias Urbanos, torturaron a nuestros hijos)) DIJERON A UNA DELEGACION DE AMINISTIA INTERNACIONAL

“Que no se había abierto ninguna investigación interna sobre el incidente"

Ante todas estas irregularidades, los abogados nuestros solicitaron a la Juez una rueda de reconocimiento para identificar a los agentes responsables de las torturas de los chicos.
LA DEFENSA Y EL FISCAL SE OPUSIERON A ESTA DECISION (sale en el informe de Amnistía) no fue hasta casi 18 meses DESPUES, La Juez ordeno a Rodrigo Lanza

EXAMINARA UNA HOJA DE PAPEL FOTOCOPIADA, de cama 4x4 con 20 fotografías de la policía en pequeño formato, antiguas y en blanco y negro, incluido el agente que le había golpeado por atrás,

ORDENO EL SOBRESEIMIENTO LIBRE, Y ARCHIVO LAS TRES DENUNCIAS DE MALOS TRATOS A FINALES DE JULIO 2007


CONCLUSION PUNTO DOS:

“BASTABA SOLO llamar a declarar al medico de la Comisaría, que no se quiso hacer responsable de los chicos y dijo que debían ser llevados a un hospital, porque mi hijo sangraba por boca y nariz, y por lo tanto necesitaba rayos para ubicar lesiones internas, producto de patadas, Rodrigo necesitaba sutura en su cabeza, y Juan radiografías para su brazo quebrado.

BASTABA SOLO, con pedir la lista del personal de turno de ese día y hora

BASTABA SOLO, verificar que fueron llevados a tres hospitales, hecho considerado un delito de inasistencia medica, ya que se estaban desangrando.

SOLO ME QUEDA AGRADECER LA ATENCION PRESTADA POR USTEDES.
Agradecer las gestiones de altos diplomáticos Chilenos, que ya visitaron a los chicos y les hicieron ver que no están solos que hay un país detrás de ellos, agradecer a la Presidenta Michelle Bachellet
Por apoyarnos como mujer y mamá, ya que agendo las visitas y el apoyo del cuerpo diplomático
Que viajaron en delegación, visitaron a los chicos , en sus lugares de prisiòn, etc.
Agradecer al OCIM ( Observatorio Interamericano de los Derechos de las y los Migrantes, quienes mediante su abogado Sr. Diego Carrasco, presentaron, Quejas Internacionales, ante el Gobierno Español, ONU, Comisión Europea, entre otras
A Amnistía Internacional
En España a la Comisión de Defensa del Colegio de Abogados
Asociación Memoria contra la Tortura
Asociación Justicia y Pau
FAVB (asociación de vecinos de Barcelona)
PLATAFORMA ARGENTINA CONTRA LA IMPUNIDAD Y LA TORTURA (en forma especial, porque acogió con sus 15 Asociaciones a Mariana en la Huelga de Hambre)
A los periodistas, canales de TV. que nos han dado la oportunidad de mostrar el caso.
A miles de personas que anónimamente nos apoyan a nivel nacional e Internacional.
A miles de españoles que nos han apoyado, firmando por la causa, apoyando con manifestaciones etc.,

martes, 4 de diciembre de 2007

RESUMEN GENERAL

Antecedentes caso Rodrigo Lanza, Alex Cisternas y Juan Pintos,Detenidos el 4 de febrero 2006 en Sant Pere mes Baix, Barcelona

1.- Resumen general
La madrugada del 4 de febrero de 2006 Alex Cisterna, Rodrigo Lanza y Juan Pintos fueron detenidos en Barcelona en un confuso incidente en la calle San Pere mès Baix. En aquella ocasión, los jóvenes que caminaban hacia el metro dirección al Metro, súbitamente se encontraron con otro grupo que discutía con la Policía porque no se les permitía el acceso a una fiesta ilegal que se realizaba en el número 55 de dicha vía. Al percatarse de la situación, Lanza quizo devolverse, pero la Policía no se lo permitió. En ese momento y sin motivo aparente, los agentes comenzaron a golpear con sus porras a todas las personas que se encontraban en el lugar, llegando a perseguir a quienes escapaban para luego detenerlas arbitrariamente. Durante su detención, los jóvenes fueron objeto de apremios ilegítimos y torturas sin que se le hayan reconocido sus derechos fundamentales, como la presunción de inocencia. Por este motivo se abrieron acusaciones contra la policía que están actualmente en fase de instrucción e investigación. Al estudiante chileno, Rodrigo Lanza, se le acusa de haberle provocado un coma vegetativo producto de un piedrazo a uno de los policías involucrados en el incidente, hecho del cual se declara completamente inocente, circunstancia que no se le ha permitido demostrar dadas las permanentes limitantes que ha interpuesto la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Barcelona. De un total de 9 detenidos, sólo quedan tres jóvenes, todos ellos sudamericanos con pasaporte comunitario y residentes en Barcelona, quienes llevan más de un año y medio en prisión preventiva a la espera de juicio.

2.- Contradicciones del proceso de detención:
· Las únicas personas que le acusan a los tres jóvenes son los tres agentes. Parte interesada en que se les condene ya que ellos mismos fueron quienes les golpearon. · Falta de atención médica oportuna, constituyente de delito · El médico que atendió de urgencia al policía herido preguntó a sus compañeros de uniforme que ocasionó la herida y los policías no pudieron responder. Los mencionados policías son los mismos que están acusando a Cisternas, Lanza y Pintos y que declararon posteriormente “haber visto a los jóvenes lanzar una piedra”. · No existe piedra ni prueba incriminatoria; los objetos presentados no tienen restos de sangre (a pesar que en las declaraciones dicen que si) y no tienen huellas. · No se pudo recoger pruebas porque la calle fue limpiada y lavada por el servicio de aseo del Ayuntamiento, a pesar de que la policía estaba presente. · La fiesta ilegal siguió hasta las 6 de la tarde, como si no hubiese sido un incidente grave. No se detuvo a nadie en el interior de la casa, a pesar de que en ese momento el ex alcalde, Joan Clos, dió la primera versión de que el objeto que hirió al policía cayó desde el interior del inmueble. · Desde la detención, pasaron 15 horas hasta que los padres de los jóvenes fueron informados.

3.- Irregularidades del proceso:
Instrucción imparcial del Juzgado de Instrucción N°18 de Barcelona con ratificación de la sección octava de la Audiencia Provincial de Barcelona Vulneraciones detectadas por la defensa de Rodrigo Lanza: · Derecho a la presunción de inocencia · Denegación de libertad provisional · Rechazo de testigos · Instrucción imparcial · Derecho a un juez imparcial · Derecho a un proceso con las debidas garantías · Derecho a utilizar los medios de prueba necesarios:
Þ La jueza omitió el peritaje presentado por las defensas de los jóvenes, donde tres médicos catedráticos especialistas en Traumatología y Medicina Legal y Forense, que concluyeron que el golpe fue totalmente incompatible con una piedra.
Þ La jueza de Instrucción abrió expedientes independientes para los casos de tortura recibidos por los jóvenes en vez de hacerlos parte del mismo proceso.
Þ Reconocimiento fotográfico de los policías agresores en una fotocopia con 20 fotografías en blanco y negro, tamaño carné y con imágenes antiguas.

4.- Asociaciones que se han manifestado ante la vulneración de los derechos del caso:
Comisión de Defensa por los Derechos de la Persona del Colegio de Abogados de Barcelona: Hizo público un comunicado durante una rueda de prensa en el mes de julio de 2006, en el que cuestionan los argumentos de la Audiencia Provincial para mantener a los jóvenes en prisión provisional, considerándola inadecuada. Argumentó que la prisión provisional tiene un carácter excepcional y que se debe respetar la presunción de inocencia. Amnistía Internacional, desde Londres en febrero de 2006 comenzó a investigar la situación a partir de las denuncias de los jóvenes, y ha relacionado el caso con múltiples denuncias a Mossos d’Esquadra (policía catalana) recibidas a partir del 4 febrero en el barrio. El informe se hará público en los próximos meses Asociación Memoria Contra la Tortura. Se presentó como acusación popular, querellándose contra los responsables de los maltratos y torturas. Asociación Justícia i Pau (Justicia y Paz), de Barcelona, hizo un comunicado en el que mostró su preocupación por el caso, exigiendo la aclaración de los hechos y responsabilidades. Solicitaron el respeto a la presunción de inocencia. Pidieron al Responsable de Seguridad, Sr. Jordi Hereu (actual alcalde) colaboración, entregando toda la información necesaria.

FAVB ( Asociación de Vecinos de Barcelona), Han manifestado públicamente que el mantenimiento de la prisión preventiva es una medida exagerada y que vulnera los principios fundamentales de presunción de inocencia. Exigieron que el Ayuntamiento investigue porque la empresa de limpieza municipal limpió la zona donde ocurrieron los hechos y que se asuman las responsabilidades que de ahí deriven. Como existieron versiones contradictorias del caso, una de ellas declarada públicamente por el mismo (ex) Alcalde de Barcelona Joan Clos, que contradijo rotundamente la versión posterior entregada por la policía, pidieron que el Ayuntamiento de Barcelona aclare el origen o fuentes de la información de la versión ofrecida por el alcalde a los medios de comunicación la mañana del 4 de febrero. Cristianos por la Abolición de la Tortura. Han estado en numerosas ruedas de prensa apoyando el caso de los jóvenes. Enviaron una serie de cartas a las autoridades de Barcelona, denunciando los hechos que definen como “terribles torturas y actos de racismo por parte de la policía de Barcelona”. Casa de los Solidaridad de Barcelona, junto a sus numerosas asociaciones que la configuran, especialmente con la Plataforma Argentina contra la Impunidad, ha llevado un seguimiento permanente del caso y acogieron y brindaron apoyo Médico a Mariana Huidobro durante el período de huelga de hambre. También numerosas asociaciones y colectivos más pequeños han firmado manifiestos de apoyo a los jóvenes exigiendo fundamentalmente que se aclaren las versiones, que se responsabilicen por no preservar las pruebas, que se respete la presunción de inocencia y que se investiguen las torturas físicas y psicológicas padecidas por los chicos.



CRONOLOGIA DEL CASO:
4 de febrero 2006:
Þ La detención La madrugada del sábado 4 de febrero, un grupo de amigos, se encaminó hacia la calle Sant Pere Mes Baix, en Barcelona, donde encontraron a otros jóvenes que discutían con cuatro policías que estaban bloqueando el paso frente a una casa donde se realizaba una fiesta ilegal. Rodrigo Lanza solicitó a un policía que le permitiera el paso, pues solo quería continuar hasta la estación del metro. Alex y otros muchachos querían ver si había fiesta en esa casa. Como no lo dejan continuar por la calle, Rodrigo se devuelve pero recibe un fuerte golpe en la cabeza que lo deja aturdido. La policía comenzó a cargar y los chicos a correr. Según los testigos, durante la carga los vecinos se asomaron a los balcones y gritaron a la policía que los dejara en paz. Comenzaron a caer objetos desde la casa de la fiesta y uno hirió de gravedad a un policía. Rodrigo trató de correr pero no pudo y fue detenido inmediatamente. Por su parte, Juan y Alex fueron aprendidos al caerse. Otros cuatro chicos que salieron en esos momentos de la fiesta de la casa también fueron detenidos.

Þ El procedimiento de arresto
El arresto se realizó a las 6.20 a.m. app. Una vez en la comisaría de l’ABP Sants-Montjuïc, les golpean brutalmente, al extremo que el médico de la de la policía determinó que debían ser trasladados a un hospital. Al arrestar a Lanza y Cisternas escriben “ILEGAL” y que no tienen autorización para residir en España, los cual es falso ya que son ciudadanos comunitarios con pasaporte italiano y casado con española, respectivamente. Rodrigo Lanza perdió mucha sangre producto del golpe en la cabeza, Alex Cisternas sangró por boca y nariz, lo que requería examenes para determnar heridas internas. Juan necesitaba que le inmovilizaran su brazo quebrado por golpes. A las 8.30 a.m. les llevaron al Servicio de Urgencias del Hospital del Mar, luego al Hospital Sant Pau, donde según la policía no funcionan los rayos X. A las 11.10 a.m. los atienden en el Hospital de La Esperanza, con la policía presente. La falta de atención oportuna constituye delito de inasistencia médica. Ese 4 de febrero por la mañana, el Alcalde de Barcelona, Joan Clos, afirmó en que un policía había sido herido de gravedad por una maceta lanzada desde el interior del edificio donde se realizaba una fiesta ocupa. Esta noticia se repitió cada hora en los informativos matutinos. A las 10.00 horas del 4 de febrero, cuando la policía científica llegó al lugar de los hechos, comprobó que había sido limpiado por los servicios del Ayuntamiento de Barcelona, y que por este motivo no pudo realizar la correspondiente inspección. Diligencia a las 18.11 horas: “… se realizó una búsqueda de restos biológicos en las piedras y los conos, por parte de policía científica, dando resultado negativo”, lo que quiere decir que no hay huellas digitales, ni restos de sangre en las “evidencias” que presenta la policía. Durante la tarde del 4 de febrero, la madre de Rodrigo -Mariana Huidobro- presentó un habeas corpus para exigir que se informara del paradero de su hijo; el habeas corpus fue negado. En la mañana del 5 de febrero de 2006, los abogados pueden constatan que los jóvenes han sido golpeados, maltratados y torturados. Además han estado incomunicados durante todo el tiempo de detención. Solo a las 21.00 horas, casi 15 horas después del arresto, se comunica el paradero de los jóvenes acusados de “homicidio en grado de tentativa”, versión completamente diferente a la entregada por el Alcalde Joan Clos. Esta cantidad de horas de “secuestro” por parte de la policía están siendo investigadas por la Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia (del Colegio de Abogados de Barcelona). Posteriormente la prensa informaría que fueron “ocupas” quienes agredieron al policía.
6 de febrero 2006:.
Þ Declaración de los 9 imputados en el Juzgado de Instrucción 18 de Barcelona.
§ Alex Cisternas: Señaló que al acercarse al lugar un grupo de jóvenes discutía con agentes, quiso entrar a la fiesta de la casa y fue golpeado por un policía. La gente empezó a correr. Dice que es imposible que su amigo Rodrigo haya reconocido que ambos fueron los autores de la lesión del policía, ya que no tiró ninguna piedra. No llegó a ver agente alguno tendido en el suelo. Vio que arrojaban objetos de la casa y que las lesiones que tiene se las hicieron los agentes. También dijo que en ningún momento estuvo en el interior del edificio donde se realizó la fiesta.
§ Rodrigo Lanza: Declaró que iba con una amiga, que había un grupo y la policía frente a la casa de la fiesta, que lo empujaron. Les explicó que solo quería ir al metro, lo golpearon en la cabeza, quedó aturdido, alguien lo alejó. La gente empezó a correr, cayó al suelo donde fue golpeado y esposado.
§ Juan Pintos: Dijo que al llegar a la calle había una discusión con un grupo de gente y la policía, luego los agentes comenzaron a golpear haciendo uso de porras. Corrió, tropezó y en el suelo lo patearon y golpearon, lo que produjo la fractura de su brazo. No tiró ningún objeto, pero los agentes que le esposaban estaban siendo atacados desde los balcones.
Þ Prisión preventiva: La jueza dictó prisión preventiva, sin fianza, argumentando que son sudamericanos y podrían escapar a sus países de origen. Se presentó al Juzgado de Instrucción un Recurso de Reforma y subsidiario de Apelación, demostrando claramente la existencia de domicilio estable y de elementos (trabajo, estudios universitarios, etc.) que acreditaron arraigo en la ciudad de Barcelona. Se solicitó medidas cautelares como retirada del pasaporte y otras. Se destacó el tiempo de elaboración del atestado policial (entre las 06.20 y las 21.30 horas), período en que no se comunicó la detención.

8 de febrero 2006
Þ Declaración de la policía: Los tres agentes compañeros del agente herido declaran que los jóvenes llegaron, se fueron y volvieron. Que Rodrigo lanza, Alex Cisternas y Juan Pintos iban en primera línea. Dijeron que Lanza tiró el primer objeto que golpeó al policía haciéndolo caer y que Alex tiró otro objeto para rematar al policía, mientras Juan incitaba al grupo. Los tres policías declararon que se quedaron junto al compañero herido cuando llegaron los refuerzos.

9 de febrero 2006
Þ Declaración de la policía que llegó como refuerzo: informaron los policías que detuvieron a Cisternas, Lanza y a los 4 jóvenes que salieron de la fiesta en la casa ocupada. Los uniformados señalaron que el personal médico no les preguntó sobre como se hirió el compañero. Un policía declaró que recogió un cono y piedras con sangre en el lugar. 22 de febrero 2006 Þ Se vuelve a negar la libertad que fue solicitada argumentando que todos reunían condiciones de arraigo. La jueza señaló “…a juicio de esta Instructora las declaraciones de los agentes son sinceras”. 8 de marzo 2006 Þ Declaración del personal médico que atendió al policía herido. El médico Robert Panades B. declaró que “…preguntó a los agentes -que por allí se encontraban- cuál había sido el mecanismo de la lesión y no se lo supieron indicar, unos decían que había caído algo de arriba, como un tiesto; otros, que había sido una pedrada pero nadie sabía concretarlo”. Los policías acusadores afirman haberse quedado junto al compañero herido cuando llegaron los refuerzos.

15 de marzo 2006
Þ Respuesta negativa de la Audiencia Provincial a la apelación contra la resolución denegatoria de la petición de libertad. Dicen: “a la circunstancia de ser todos ellos naturales de país extranjero, también Pintos que aunque resulta ser nacional español admite haber nacido en Argentina y disponer en aquel país de familiares próximos”…


Rechazo de testigos: La jueza de Instrucción rechazó todos los testigos presentados por los nueve imputados.
Þ Los primeros tres testigos, vecinos del lugar, fueron rechazados por “no resultar en absoluto creíbles la presencia de testigos en las ventanas de la calle al inicio del incidente…”
Þ Como los jóvenes seguían en prisión preventiva, se presentaron otros tres testigos, amigos que estaban presentes en el lugar de los hechos y fueron también rechazados: “porque no resulta creíble a juicio de esta Instructora y a la vista de los mas de cuatro meses transcurridos desde los hechos, la presencia de dichas personas en el lugar de los hechos. En segundo lugar porque si la posición de los mismos es la descrita en el escrito de defensa sería cuestionables que su condición fuese la de simples testigos, pues no hay que olvidar que el grupo de jóvenes en el que estaban integrados Lanza y Cisternas fueron todos ellos, indiciariamente, presuntos participes en los hechos y delitos relatados…”. Una de estos testigos es la que Rodrigo nombra que iba con el en su primera declaracion del 6 de febrero. 22 de marzo 2006
Þ Petición de Libertad Provisional con varias alegaciones: Requisitos constitucionales de la prisión provisional; valoración de las declaraciones de los agentes de guardia urbana y equipo sanitario; existencia de distintas versiones sobre el mecanismo que causó las lesiones al agente; falta de pruebas esenciales que causan indefensión; incoherencia en los hechos según la versión de los agentes; carencia de antecedentes penales de los acusados; imposibilidad por parte de los imputados de interferir en la investigación; arraigo en el estado español de los acusados; existencia de medidas cautelares alternativas.

5 de abril
Þ Negación de la petición de libertad provisional: la jueza argumentó que “no han variado las circunstancias que motivaron la adopción de la prisión…” Esto a pesar de todas las declaraciones de policías de refuerzo y personal médico que contradicen la versión de los policías que acusan. 6 de abril 2006 Þ Formulación de recurso de reforma y subsidiario de apelación alegando los numerosos elementos nuevos aportados y no valorados por la jueza, fue denegado un mes después en 4 líneas.

30 de mayo 2006
Þ Petición de Libertad Provisional con la presentación de los dictámenes médicos realizados en base a los informes médicos forenses del juzgado, sobre las lesiones sufridas por el policía. Se entregaron dos informes de médicos especialistas en medicina legal y forense y en anatomía patológica: uno de un Catedrático de la Universidad Autónoma y el segundo de dos Catedráticos de la Universidad de Barcelona. Ambos documentos excluyeron en forma determinante la posibilidad de que las heridas sufridas por el agente pudieran haber sido provocadas por el golpe de una o varias piedras.

8 de junio 2006
Þ Auto de Procesamiento: La jueza inició el cierre de la Instrucción, sin admitir ningún testigo por parte de la defensa y sin investigar las múltiples irregularidades del caso. Se permitió frases arbitrarias y juicios parciales y sin fundamentos.


13 de junio 2006
Þ Recurso de Reforma y subsidiario de Apelación contra el auto de procesamiento, señalando todas las irregularidades y la postura parcial de la jueza. Los abogados de Cisternas, Lanza y Pintos, presentaron varias quejas ante la Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia, para que se investigaran las anormalidades del caso y así poder defender con las herramientas que la ley establece a los imputados.

16 de junio 2006
Þ Declaración indagatoria frente a la jueza. Uno a uno los jóvenes, manifiestan no estar conformes con el auto de procesamiento, ratifican sus declaraciones del 6 de febrero y anuncian que iniciarán una huelga de hambre porque consideraron que no se respetó la presunción de inocencia y no se les ha permitido llegar al juicio con las herramientas escenciales para su defensa (testigos, pruebas, etc)

19 de junio 2006
Þ Huelga de Hambre: Como medida extrema, los tres involucrados más la madre de Lanza, Mariana Huidobro inician una huelga de hambre indefinida para pedir la libertad inmediata de los jóvenes.

4 de julio 2006
Þ Negación de la jueza instructora del recurso de reforma interpuesto contra el auto de procesamiento.

11 de julio 2006
Þ Confirmación de la Audiencia Provincial del Auto de Procesamiento.

19 de julio 2006
Þ Interposición de Recurso de Amparo Constitucional contra los autos dictados por el Juzgado de Instrucción y la Audiencia Provincial, denegatorios de la libertad provisional.


5 de octubre 2006
Þ Desestimación de la Audiencia Provincial de los recursos de apelación contra los Autos de procesamiento de fecha 8 y 10 de junio y 4 de julio.

8 de noviembre 2006
Þ Acusación popular de la asociación Memoria Contra la Tortura: Se admite a trámite la querella interpuesta por dicha entidad, que denuncia los maltratos y torturas recibidos por los jóvenes durante las 48 horas que duró la detención. La jueza de Instrucción separó del caso en que se acusa a Cisternas, Lanza y Pintos, cada denuncia de maltratos y tortura, abriendo para cada denuncia un expediente independiente. Esto ha sido cuestionado en diversas ocasiones, argumentando que debieran formar parte del mismo proceso.


17 abril 2007
Þ La Fiscalía presenta su Escrito de Acusación: solicitan 11 años de prisión para Cisternas, Lanza y Pintos, más una suma de 520.000 euros.

12 junio 2007
Þ Presentación del Escrito de Defensa del abogado de Rodrigo Lanza, argumentó que se ha vulnerado el derecho a un juez imparcial, el derecho a un proceso con las debidas garantías, a utilizar los medios de prueba necesarios y a una instrucción imparcial sin vulneración del derecho a la presunción de inocencia.


25 junio 2007

Þ Escrito de Defensa del abogado de Alex Cisternas, solicitó al Tribunal enjuiciar los hechos.


4 julio 2007
Þ Escrito de Defensa de la abogada de Juan Pintos, solicitó que la Sección Octava de la Audiencia Provincial se abstenga de enjuiciar los hechos ya que tiene conocimiento completo de lo actuado y formado un criterio que impide asumir la garantía al derecho de Juez Imparcial. Proceso paralelo de Acusación de los jóvenes por malos tratos de la policía. Þ 7 de marzo: declaró Juan Pintos ratificando la denuncia presentada y detallando lo sucedido durante la detención. El Guardia Urbano acusado de agredir a Juan, se negó a responder a las preguntas formuladas por los abogados de la acusación. El otro guardia urbano acusado no se presentó. Þ 8 de marzo: comparece Rodrigo Lanza ratificando la denuncia presentada y detallando lo sucedido durante la detención. Fueron llamados a declarar los guardias urbanos acusados de golpear a Lanza, absteniéndose de responder alguna pregunta.

Þ 7 junio 2007: declaró el agente guardia urbana acusado de golpear a Rodrigo en dependencias policiales. El policía niega los cargos y se acoge a su derecho de no responder a las preguntas que se le formulen.

Þ 9 julio 2007, se presentó a declarar el guardia urbano acusado por Alex Cisternas, que no se había presentado anteriormente. Rechaza los cargos y se niega a responder a las preguntas.


18 julio 2007: Acta de reconocimiento fotográfico. Ante la solicitud de realizar una rueda de reconocimiento de los policías presentes mientras estuvieron detenidos, los abogados de la policía se negaron rotundamente y la jueza permitió solo el reconocimiento fotográfico. Para tal efecto a Rodrigo Lanza se le presentó una fotocopia tamaño A4 con 20 fotografías carné en blanco y negro de jóvenes policías, por lo que se pone en duda lo vigente de los retratos ya que los guardias que arrestaron a los jóvenes son de mediana edad.
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